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(València)

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La entrada en vigor en el primer trimestre del año 2016 de la modificación del sistema de marcas de la Unión Europea constituye en sí misma una circunstancia excepcional que otorga al presente curso una necesaria presencia, máxime en atención a la entrada en vigor del reciente Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la Marca de la Unión Europea y la reforma proyecta en nuestro ordenamiento a través del Anteproyecto de Ley de modificación parcial de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

Las marcas constituyen el paradigma de los signos distintivos al tiempo que un activo empresarial de gran relevancia, clave para la competitividad de un operador en el mercado.

Desde un punto de vista económico, las marcas desempeñan una función comunicativa que favorece la transparencia en el mercado, dado que actúan como cauce de transmisión de información sobre el producto o servicio al consumidor y, por lo tanto, le permite llevar a cabo una mejor toma de decisiones. El legislador es consciente de la importancia que adquieren las marcas y los signos distintivos en general y, en consecuencia, protege la concreción jurídica de las funciones que desempeñan. De esta manera, se puede afirmar que el correcto funcionamiento de las funciones que desempeñan las marcas requiere de cauces de protección que preserven su capacidad de distinguir.

En este sentido, el ordenamiento jurídico otorga protección a las marcas, así como a la función condensadora del goodwill y, finalmente, la función publicitaria que pueden llegar a desarrollar, en la que también se considera la denominada función de inversión.

Asimismo, las recientes modificaciones operadas en la regulación marcaria exigen la actualización de conocimientos por parte de todos aquellos profesionales relacionados con la gestión y protección de marcas. En la actualidad, esta necesidad se evidencia ante la modificación de la regulación marcaria de la Unión Europea, a través de la aprobación a finales del año 2015 del paquete formado por la nueva Directiva (UE) 2015/2436, de 16 de diciembre de 2015, de marcas —cuya propuesta de transposición ya se ha hecho pública en nuestro ordenamiento mediante el citado Anteproyecto de Ley de modificación de la ley de Marcas de 2001—, y del también novedoso Reglamento (UE) 2424/2015, de la misma fecha, por el que se modifica el Reglamento sobre la marca comunitaria, que pasa a denominarse marca de la Unión Europea desde el pasado año, al igual que la denominación de entidad competente, la conocida Oficina de Armonización del Mercado Interior, única entidad europea ubicada en España (Alicante), que pasa a denominarse Oficina de Propiedad intelectual de la Unión Europea, tal como recoge la nueva codificación contenida en el citado Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la Marca de la Unión Europea.

Metodología didáctica Se potenciará al máximo la hermenéutica del texto jurídico y se presentarán en el último apartado de cada tema ejercicios prácticos vinculados a la materia del tema en curso, así como de los ya desarrollados.

Requisitos previos de los participantes

 Estudios superiores en cualquiera de las áreas de conocimiento.Podrán solicitar la matrícula en el curso quienes cursen el último año de su carrera (queda condicionada la obtención del título de posgrado al envío del título de grado antes de finalizar el curso).

 Tener a su cargo la gestión del departamento de propiedad industrial en una empresa o bien buscar ampliar el campo profesional en el sector de la propiedad industrial/marcas.

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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Contratos Mercantiles

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