Circulación internacional de las obras de arte. Limitaciones legales de movilidad derivadas de la legislación sobre protección del patrimonio histórico. Mercado europeo y mercado internacional
Jornada - Derecho Entretenimiento (presencial)
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Ponentes:
- Patricia Fernández Lorenzo, Socia Of Counsel del Departamento de Arte y Patrimonio Cultural de Ramón y Cajal Abogados
- Rafael Mateu de Ros, Socio Fundador de Ramón y Cajal Abogados. Presidente de la Comisión de Nombramientos y Gobierno Corporativo de Bankinter, S.A. Consejero Académico de Fide
Objetivos:El mercado del arte tiene un carácter internacional e incluso global. Salvo las pinturas, esculturas y otras expresiones artísticas de menor valor, las demás se ofrecen en el mercado internacional tanto en su modalidad de subastas públicas como de mercado privado y tanto si nos referimos al arte antiguo como al moderno y contemporáneo.Por tanto, la movilidad de las obras entre países, tanto dentro como fuera de la UE, es fundamental para que los coleccionistas tengan la opción de identificar las obras que les interesan y valorar los precios del mercado abierto. Sin embargo, la legislación europea admite que los Estados miembros establezcan determinadas limitaciones a la exportación de las obras de arte y en el caso de España la normativa vigente hace una aplicación extensiva de tal posibilidad.La exportación puede ser denegada con amplia discrecionalidad por parte de la Administración y sin obligación de que esta adquiera la obra y, en el caso de obtener el permiso, se devenga una tasa de elevado importe si el destino es extracomunitario.En la sesión se analizará de qué forma estas anomalías afectan al mercado español, al mercado interior de la UE y a la competencia. En definitiva, a nuestro sistema de producción, gestión y circulación del arte.
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FIDE Fundación
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