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FIDE - C/ Serrano 26 - 4°dcha - 28001
Madrid
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Ponentes:

- Angel Valero, Registrador de la Propiedad.

- Maria José García-Valdecasas, Abogada del Estado. Abogacía del Estado ante el TJUE- Secretaría de Estado para la Unión Europea. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación.

Moderador: José María Blanco Saralegui, Magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, área Civil.

Objetivos:  Los juzgados de primera instancia y las Audiencias provinciales españolas tienen paralizadas miles de ejecuciones hipotecarias a la espera de este pronunciamiento judicial. Sin embargo, la resolución ha sido tachada de “críptica” en algunos ámbitos. Lo sea o no, es cierto que presenta algunos matices dudosos. No ha de olvidarse que será el Tribunal Supremo el que deba dictar sentencia, pues fue uno de los órganos a cuya instancia se planteó la cuestión prejudicial de interpretación. Pero tampoco puede olvidarse que las resoluciones dictadas en ejecución no acceden al Tribunal Supremo. La sentencia es sumamente relevante para afrontar con éxito el devenir de esas ejecuciones suspendidas o por iniciar, con base en la cláusula de vencimiento anticipado, tanto desde el punto de vista de la entidad bancaria como desde la del consumidor afectado, sin olvidar el control preventivo de dichas cláusulas.

Organizadores

FIDE - Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa

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