El derecho comunitario y las obligaciones de notificación del abogado según la directiva 2011/16 modificada
Leer más
Ponentes:
- Carlos Gómez Jiménez, Subdirector General de Tributos, Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Roberta Laura Poza Cid, Socia en PWC.
- Jesús Rodríguez Márquez, Socio, responsable y Director del Área de Práctica Tributaria de Ideo Legal.
Moderador:
- Fernando Serrano Antón, Catedrático de Derecho Financiero y Tributario, Universidad Complutense de Madrid, Consejero Académico de Fide
Objetivos:La transposición al Derecho interno de la Directiva 2011/16, tal como quedó modificada por la Directiva 2018/822, que introdujo la obligación para los denominados intermediarios, de comunicar a las autoridades competentes información sobre determinados mecanismos fiscales transfronterizos de planificación fiscal, planteó, entre otros problemas, su conciliación con la protección legal de nuestro ordenamiento al secreto profesional del abogado en las relaciones con su cliente.El TJUE acaba de resolver (Sentencia de 8 de diciembre de 2022; Gran Sala; Asunto n.º C-694/20) una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional belga sobre la validez del art. 8 bis ter; apartado 5 de la Directiva, relacionada con las obligaciones de los abogados sujetos al secreto profesional de cumplir la obligación de información derivada de la Directiva.El examen de la repercusión de la Sentencia en nuestro ordenamiento interno es el objeto de esta sesión del Foro, por el indudable interés práctico de la cuestión planteada por el Colegio de Abogados Flamencos y la Belgian Association of Tax Lawyers.
Organizadores
FIDE Fundación
Añadir a calendario