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Ponente:
- José Luis Prada, Co-Managing Partner en Optio Next Law
Moderador:
- José María Rojí Buqueras, Socio del Departamento Mercantil en Cms-Albiñana & Suárez de Lezo. Árbitro. Consejero Académico de Fide
Objetivos:La sesión tiene por objetivo profundizar en diversas cuestiones que se suscitan en relación con los grupos de sociedades de origen y estructura familiar, en impuestos tales como el de Patrimonio y el de Sucesiones y Donaciones, donde recientemente se han producido pronunciamientos administrativos y jurisprudenciales que pueden tener incidencia en la gobernanza del grupo y en la estructura de dirección del mismo, sin obviar las implicaciones fiscales que se producen en tributos distintos, como el del Impuesto sobre Sociedades y el IRPF, particularmente en procesos de reestructuración societaria, al hilo de los recientes pronunciamientos de tribunales económico-administrativos que han creado, en esta materia, un escenario de cierta inseguridad jurídica. Entre las cuestiones que serán objeto de análisis, destacamos:• Estructura de grupo y cumplimiento de beneficios fiscales en la empresa familiar.• Reinversiones y activos no afectos. Tesorería aceptable.• Activos afectos e inversiones en productos financieros adaptados. SCR/FCR.• Retribución de administradores. Problema de utilizar personas jurídicas representadas por personas físicas. Imputación de rentas de empresas vinculadas.o Particularidades de grupos familiares cuando hay dos cabeceras o holdings.o Actividad de arrendamiento inmobiliario y cumplimiento de requisitos en grupos mercantiles. Filiales internacionales con patrimonio inmobiliario.• Modificaciones estructurales dirigidas a repartir negocios entre estirpes o ramas familiares. Escisiones subjetivas.• Aportación de participaciones a entidad holding en estructuras de grupo con posterior venta de la filial aportada desde la entidad holding. El conflicto entre el art. 21.4 LIS y la norma antiabuso en reestructuraciones.• Problemática de la regularización tributaria en aportaciones a holding y percepción de dividendos por aquella. Abuso de derecho vs planificación fiscal legítima. La posición de la Dirección General de Tributos y del TEAC en esta cuestión.• Holdings por estirpes para alcanzar porcentajes de participación. La regla antiholding en el ISS.
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