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FIDE Fundación - COAM C/Hortaleza 63
Madrid
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Presenta la sesión: Vicente Magro Servet, Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo

Ponentes:

Miguel Angel De la Calle Agudo, Director Técnico del Pool Español de Riesgos Medioambientales

Maria José Delgado, Consejera Técnica, Secretaría de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, en el Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Guillermina Yanguas Montero, Magistrada. Doctora en Derecho. Profesora Universidad Pontificia Comillas- ICADE, Consejera Académica de Fide

Moderador:  Gonzalo Iturmendi Morales, Socio Director Bufete G. Iturmendi y Asociados, SLP. Consejero Académico de Fide

Objetivos: La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular regula uno de los aspectos más controvertidos de los riesgos medioambientales en sus aspectos civiles, penales y administrativos, derogando a la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos, con el objetivo de minimizar el impacto de los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente, así como sentar los principios de la economía circular a través de la legislación básica en materia de residuos, contribuir a la lucha contra el cambio climático y proteger el medio marino.En el Foro de Riesgos abordaremos los aspectos civiles de la reforma en la medida que afectan tanto a empresas, como a profesionales y particulares. Centraremos la atención en los aspectos que afectan a la responsabilidad civil por incumplimiento de las obligaciones de los productores iniciales u otros poseedores de residuos, relativas a la gestión de sus residuos, así como las relativas al almacenamiento, mezcla, envasado y etiquetado de sus residuos, la preparación para la reutilización y el reciclado fijándose un calendario de implantación de nuevas recogidas separadas: biorresiduos, textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos.Merecen especial atención las obligaciones de la eliminación y quema de residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos los residuos a un tratamiento previo. Los biorresiduos deberán adoptar medidas específicas para posibilitar su separación y reciclado mediante tratamiento biológico, incluido el tratamiento en origen mediante compostaje doméstico o comunitario, y la obtención de enmiendas orgánicas de calidad. También se establecen disposiciones específicas para la recogida y tratamiento de los aceites usados. Los residuos de construcción y demolición deberán clasificarse en distintas fracciones preferentemente, en el lugar de generación, y las obras de demolición se llevarán a cabo de forma selectiva, a partir de enero de 2024. Respecto del transporte de residuos destinados a la eliminación y la valorización, se establece el régimen jurídico de los traslados en el interior del Estado y, a continuación, la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos para la entrada y salida de residuos del territorio nacional.Finalmente se analizará la llamada «Responsabilidad ampliada del productor del producto», los seguros y garantías obligatorias que afectan al nuevo marco legal de residuos.

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