La propuesta de reforma del Código Civil en relación a las personas con discapacidad
Jornada - Derecho Civil (presencial)
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Ponentes:• José Amérigo, Secretario General Técnico del Ministerio de Justicia• Mª Paz García Rubio, Catedrática de Derecho Civil, Santiago de Compostela
Moderadora: Maria Emilia Casas Baamonde, Catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Presidenta Emérita del Tribunal Constitucional. Miembro del Consejo Académico de Fide
Objetivos: La Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás en todos los aspectos de la vida, y obliga a los Estados Partes a adoptar las medidas pertinentes para proporcionar a las personas con discapacidad acceso al apoyo que puedan necesitar en el ejercicio de su capacidad jurídica. Esta decisiva transformación hace necesaria la adaptación del Código Civil (y, en coherencia, de otras normas civiles y procesales), para lo que se está tramitando la oportuna reforma normativa. Entre las novedades destacan, además de un cambio terminológico que relegue las referencias a la “incapacidad” e “incapacitación” por otras más precisas y respetuosas, el tránsito de las medidas de sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con discapacidad por unas medidas de asistencia, proporcionando los apoyos a las diferentes situaciones de ayuda a partir del respeto de la voluntad, deseos y preferencias de las personas con discapacidad.Esta próxima reforma del Código civil, con el nuevo enfoque que conlleva, va a afectar a una gran variedad de sectores sociales y profesionales, a los que se hace necesario trasladar la dimensión de esta transformación, haciendo así efectiva la necesaria toma de conciencia y sensibilización de la sociedad, a la que también se refiere el artículo 8 de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006.”
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FIDE
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