La reformulación de los periodos de consultas en los procesos de flexibilidad interna y en los despidos colectivos
Jornada - Derecho Laboral (presencial)
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Ponente: Ricardo Bodas Martín, Presidente de la Sala Social de la Audiencia Nacional. Miembro del Consejo Académico de FIDE.
Moderador: Bernardo García, Abogado, Asesor de la Unión General de Trabajadores, UGT.
Objetivos: Los períodos de consultas constituyen una manifestación propia de la negociación colectiva, cuyo objetivo último, una vez constatada la concurrencia de las causas, es la adaptación razonable y proporcionada de las medidas a la intensidad de las causas. Superada la fase más intensa de la crisis económica, es el momento de hacer un balance riguroso de la institución, que nos permita constatar si, se ha producido realmente un control de las causas y su intensidad en los períodos de consulta o, por el contrario, se han alcanzado generalmente acuerdos, cuya conexión con las causas no queda identificada claramente en la negociación, lo que dificulta, cuando no impide, la constatación de si las medidas van a contribuir o no a la superación de los problemas de las empresas. La desconexión efectiva entre causas y medidas limita, en la práctica, que el control judicial cumpla plenamente sus objetivos.Examinaremos también en la sesión, las razones, que conducen a la extremada judicialización de los períodos de consulta, especialmente el papel relevante del pluralismo sindical, así como la exigencia de buena fe en su negociación.Identificaremos finalmente la generalización de malas prácticas en materia informativa y de modo particular en la negociación como tal, que se ha convertido en un debate “plural” o a “varias bandas, que limita la consecución de acuerdos, que es la finalidad del período de consultas y solo es alcanzable cuando se negocia mayoritariamente, que es la voluntad del legislador.
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FIDE
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