Nuevo impuesto mínimo del 15% para los grandes grupos empresariales: una realidad inminente
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El pasado 20 de diciembre el Ministerio de Hacienda y Función pública sometió a trámite de información el Anteproyecto de Ley de Impuesto Complementario mínimo del 15%.
Al publicar este texto, el Ministerio hace público su compromiso de introducir en nuestra legislación la normativa sobre imposición mínima global (Pilar 2) ya prevista en la respectiva Directiva de la UE. A ningún fiscalista sorprenderá que, como muchas otras novedades fiscales, la nueva ley tendrá cierta retroactividad, pues tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 31 de diciembre de 2023.
El texto preparado por el Ministerio es razonablemente fiel a la Directiva, pero contiene algunas particularidades de interés, como el impuesto complementario nacional. El objeto del webinar es compartir con nuestros clientes y amigos nuestras impresiones sobre el efecto práctico de la nueva norma y para ello, realizar un breve repaso a las principales cuestiones que la conforman:
- Las diferencias entre la base imponible nacional y las ganancias admisibles en la nueva norma.
- La interrelación con la imposición mínima ya exigida en la Ley 27/2014.
- Las exclusiones en materia de sustancia económica.
- El impacto de los activos fiscales.
- Las ventajas de contar con documentación país por país correctamente complementada.
Organizadores
Cuatrecasas
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