Planes de igualdad. El Registro Salarial: Igualdad retributiva entre mujeres y hombres
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Tras las modificaciones normativas realizadas por el RDLey 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, sobre el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, se ha producido una ampliación generalizada en la obligación de implantación de un plan de igualdad a las empresas con más de 50 trabajadores, como herramienta para combatir las desigualdades existentes en el ámbito laboral.
Las empresas tienen que dar cumplimiento a la obligación de mantener un “registro con los valores medios” de todas las retribuciones, y los trabajadores el derecho de acceder, a través de sus representantes a dicha información. Bajo la aparente simpleza de ese mandato legal, introducido por el RD-L 6/2019, surgen múltiples dudas prácticas. ¿cómo debe mantenerse? ¿cuánto tiempo debe conservarse? ¿cuál es el contenido obligatorio? ¿quién, cómo y con qué frecuencia puede tener acceso a los datos?
Dirigido a:
Todos los operadores jurídicos que se relacionen con la jurisdicción social y quieran conocer la regulación actual sobre los planes de igualdad, así como los integrantes de los departamentos de RRHH, Relaciones Laborales, representantes sindicales, gestores y asesores laborales, abogados laboralistas, Compensación y Beneficios, RSC, Auditoría y cumplimiento normativo, con obligación de dar cumplimiento al nuevo marco normativo sobre la elaboración de planes de igualdad.
Organizadores
Lefebvre codirigido con la Asociación Nacional de Laboralistas (ASNALA)
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