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La sesión tiene por objeto analizar los principales aspectos fiscales que lleva aparejada la reforma del Plan General de Contabilidad (PGC), así como el impacto que la normativa contable puede tener en la exención del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

El pasado 1 de enero entró en vigor la modificación del PGC que afecta tanto a los criterios de reconocimiento y valoración de instrumentos financieros, como al criterio de reconocimiento de ingresos.

Habida cuenta la remisión que la normativa del Impuesto sobre Sociedades realiza al resultado contable para la determinación de la base imponible, la reforma contable tendrá un impacto directo en la carga impositiva de las compañías que se vean afectadas por la reforma. Adicionalmente, la propia normativa de Impuesto sobre Sociedades regula expresamente un régimen fiscal específico para algunos de los aspectos que han sido objeto de modificación, como pueden ser los cargos o abonos a reservas derivados de la primera aplicación, o las provisiones por devoluciones de ventas o por garantías.

Por otro lado, i) la reforma del artículo 21 de la LIS, que establece una limitación al ajuste de la exención por doble imposición de dividendos y plusvalías, que pasa del 100 por 100 al 95 por 100 de los ingresos por dividendos registrados en la cuenta de pérdidas y ganancias, junto con ii) la doctrina del ICAC sobre los criterios que determinan el reconocimiento en el socio del dividendo como ingreso o como menor valor de la inversión, hacen que cobre especial importancia el conocimiento de aquellas circunstancias que pueden llevar a no reconocer un ingreso por dividendos.

Organizadores

Cuatrecasas

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