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Sede FIDE en COAM C/Hortaleza 63
Madrid
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Ponentes:

Alfredo Muñoz García, Profesor de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid. Abogado. Of Counsel de Grant Thornton.

Teresa Rodríguez de las Heras Ballell, Profesora Titular de Derecho Mercantil de la UC3M. Consejera Académica de Fide

Ignacio Tirado Martí, Secretario General de UNIDROIT.

Moderadora: Carmen Alonso Ledesma, Catedrática Emérita de Derecho Mercantil en la UCM. Presidenta de la sección segunda de la Comisión General de Codificación.

 

Objetivos: La UE ha tramitado y aprobado un paquete normativo (Digital finance package) en los últimos tres años en relación a los activos digitales (Reglamento UE MiCA, Reglamento UE sobre un régimen piloto de Infraestructuras de Mercado basadas en DLT, Reglamento UE relativo a la información que acompaña a las transferencias de fondos y de determinados criptoactivos, entre otros) con el fin de apoyar la innovación en nuevas tecnologías financieras, sin olvidar la necesaria protección a los consumidores e inversores.Pero la regulación europea no desarrolla muchos de los aspectos relativos a los negocios jurídicos existentes entorno a los activos digitales o a los derechos de propiedad sobre ellos. En algunos casos, las regulaciones nacionales han venido a subsanar parte de esas carencias con regulaciones para determinados activos digitales, como ha ocurrido en España para los instrumentos financieros representados en DLT, mediante el régimen contenido en la LMVSI.Precisamente, la adopción de los Principios de UNIDROIT, aprobados en mayo de 2023 y publicados en octubre de 2023, son el resultado de tres años de trabajos de expertos de múltiples jurisdicciones, en los que se han establecidos unas pautas para legisladores y operadores en relación al régimen de los activos digitales, particularmente respecto de aspectos de derecho privado, como los derechos de propiedad, su adquisición, transmisión, protección de los intereses de terceros de buena fe, reconocimiento de los efectos frente a terceros, la legitimación por el control, el régimen especial de la custodia y la separación del control respecto de la propiedad, el reconocimiento con plenos efectos jurídicos de la constitución de garantías sobre activos digitales, mediante la transmisión del control del activo, su oponibilidad frente a terceros o su prevalencia sobre la constitución de otras garantías reales son algunas de las interesantes cuestiones que los Principios UNIDROIT recogen.A ello se añaden determinadas pautas sobre derecho procesal, incluidas las ejecuciones, sobre derecho internacional privado o sobre situaciones de insolvencia, tanto del titular del activo digital como del, en su caso, prestador de servicios de custodia.Además, los Principios UNIDROIT plantean los supuestos en los que un otro activo, digital o no, esté vinculado a un activo digital, permitiendo incorporar, en este último, un derecho respecto del subyacente, lo que supone la necesidad de solventar los problemas derivados de la propia incorporación del derecho, su vinculación con el activo digital y, con ello, si con la transmisión o la constitución de una garantía sobre el activo digital, se extienden, o no, los efectos sobre el activo vinculado.La sesión pretende exponer las reglas sobre activos digitales, centradas en el Derecho Privado, que incluyen los Principios UNIDROIT aprobados este año y que pueden ser utilizados por los legisladores para la aprobación de una regulación sobre la materia o aplicados por quienes operan con activos digitales, sirviendo, al amparo de la autonomía de la voluntad, como reglas de un contrato o, en su caso, como pauta de ayuda para la interpretación del derecho, en la aplicación de las normas de un ordenamiento en un supuesto relativo a este tipo de activos.

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