Procedencia de la celebración o no de la vista e Incidencias en su desarrollo después de la Ley 42/2015
Jornada - Derecho Procesal (presencial)
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Ponente: Carolina Castillo, Magistrado-juez titular del Juzgado de Instancia nº 4 de Castellón. Doctora en Derecho. Profesora Titular de Derecho Civil (excedente) Profesora Asociada de Derecho Civil Universitat de ValènciaObjetivos: La Ley 42/2015, de 5 de octubre, modificó la vista de los juicios verbales convirtiendo la misma en un trámite potestativo y renunciable. Pero, sin duda, son muchas las cuestiones y criterios que debe valorar un Letrado para instar o no la celebración: la rebeldía, la existencia de excepciones procesales, la necesidad o no en función de la actividad probatoria a desarrollar. Máxime si tenemos en cuenta que, tratándose de la actora, tendrá tan solo tres días para tomar la decisión acertada. Por otro lado ¿tiene límites la facultad del Tribunal para acordar su celebración?En esta sesión analizaremos todas las variables para tomar decisiones acertadas.
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Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Procesal Civil 2016
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