¿Qué se puede recurrir en la jurisdicción contencioso-administrativa que no sean actos administrativos?
Webinar - Derecho Administrativo (online)
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Director D. César Pinto CañónAbogado
Descripción A partir de recientes sentencias del Tribunal Constitucional y de la Sala Tercera del Tribunal Supremo y de la Ley 29/1998, de 13 de julio se examinan los supuestos en los que cabe impugnar, ante los órganos judiciales de la Jurisdicción Contencioso- administrativa, actividades administrativas distintas a los actos como son las disposiciones generales, la inactividad administrativa, inejecución de actos firmes y la vía de hecho.
Objetivo Adquirir un conocimiento práctico, a fin de plantear un caso administrativo, de cuándo se está ante una actividad impugnable distinta a los actos administrativos y cuáles son sus notas esenciales y los requisitos procesales necesarios recurrirlas.
Organizadores
ICAM
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