Próximos eventos

Buscador de eventos jurídicos

Mapa de eventos

¿Quieres recibir eventos como este en tu email?

FIDE - C/ Serrano 26 - 4°dcha - 28001
Madrid
(Madrid) (ver mapa)

Leer más

Ponente: Iván Heredia, Profesor Titular de Derecho internacional privado de la UAM. Miembro del Consejo Académico de Fide.

Moderador: Juan Verdugo, Socio del Departamento de Reestructuraciones e Insolvencias de Garrigues

Objetivos: El nuevo Reglamento Europeo de Insolvencia, al igual que el antiguo, apuesta con carácter general por someter las cuestiones que se plantean en un concurso internacional a la ley del Estado de apertura del procedimiento. También de forma análoga al antiguo instrumento, el nuevo Reglamento incluye un catálogo excepciones a la aplicación de la lex fori concursus, cuyo juego no está exento de dificultades. Una de estas excepciones se proyecta sobre el ejercicio de las acciones de reintegración. En particular, aunque el artículo 7 incluye esta cuestión dentro de la regla general, el artículo 16 permite “vetar” la aplicación de la ley del Estado de apertura cuando el acto o contrato que se impugna está sometido a ley de otro Estado miembro “y en ese caso concreto, la ley de dicho Estado miembro no permite por ningún medio que se impugne dicho acto”.

El objeto de la sesión es debatir sobre esta “regla de veto”, cuya aplicación plantea numerosas incógnitas y, en particular, analizar con una perspectiva práctica las cuestiones suscitadas en la reciente Sentencia Vinyls Italia SpA c Mediterranea di Navigazioni SpA, de 8 de junio de 2017 (As. C-54/16). En ella la Corte de Luxemburgo se enfrenta a un supuesto en el que se ejercita una acción de reintegración en el marco de un concurso abierto en Italia, con la particularidad de que los pagos que se pretenden impugnar se realizaron al amparo de un contrato que, aunque aparentemente sólo presentaba vínculos con Italia, fue sometido por las partes a ley inglesa, que es la que termina invocando la parte demandada para vetar el ejercicio de la acción de reintegración conforme al Derecho italiano. La sentencia y el debate surgido en el seno del TJUE presentan un especial interés porque inciden en un asunto especialmente interesante, como es la posibilidad de que las partes puedan seleccionar de forma estratégica el régimen concursal de las eventuales acciones de reintegración, a través de la libre elección de la ley aplicable al contrato.

-------------

Obra recomendada por Lefevbre - El Derecho para esta materia: Memento Sociedades Mercantiles 2016

Organizadores

FIDE

Añadir a calendario

web del evento